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Última noticia hace 6 días
SUNAT: ingresos tributarios aumentaron 17,3% en agosto
Los ingresos tributarios del Gobierno Central (que descuentan las devoluciones de impuestos) sumaron S/ 18 179 millones en agosto. Este resultado representa un crecimiento real de 17,3%[1] respecto del mismo mes del año anterior y mantiene la tendencia creciente observada durante los últimos 27 meses. Dicho desempeño refleja tanto la evolución favorable de la actividad económica, las cotizaciones internacionales de los minerales, así como los resultados de las acciones de control y facilitación implementadas por la SUNAT.
De esta manera, la recaudación acumulada entre enero y agosto fue de S/ 138 484 millones, lo que determina un crecimiento de 14,1% con respecto al importe obtenido en similar periodo del año 2025 y S/ 21 383 millones de ingresos adicionales.
Factores determinantes de la recaudación
El resultado positivo de la recaudación observada en agosto se debe a diversos factores, entre los principales destacan:
· El desempeño favorable de la actividad económica durante el mes de julio, con un crecimiento estimado del Producto Bruto Interno (PBI) de 3,7% y de 7,7% de la demanda interna.
Asimismo, las importaciones medidas en términos CIF crecieron 20,2% en agosto, lo que incidió de manera favorable en la recaudación de los principales tributos vinculados al comercio exterior y al consumo interno.
· Las mayores cotizaciones internacionales de los minerales, especialmente de zinc, cobre y oro, que incrementaron los ingresos y las bases imponibles de las empresas vinculadas a su producción, comercio y/o exportación.
· Las acciones operativas de la SUNAT orientadas a detectar los incumplimientos tributarios y disminuir las brechas en los procesos de registro, declaración, pago y veracidad.
En sentido contrario, el principal factor que moderó la tasa de crecimiento de la recaudación fue el efecto base adverso generado durante el mes de agosto de 2025, debido a que en dicho mes se recibieron pagos extraordinarios por más de S/ 1 600 millones por concepto de Impuesto a la Renta de Sujetos No Domiciliados y multas, como resultado de las acciones de control de la SUNAT.
A ello se sumó la reducción del tipo de cambio promedio, que registró una caída de 4,8% respecto de agosto de 2025, afectando principalmente la base imponible de las importaciones y los ingresos declarados por los exportadores.
Recaudación de tributos internos y tributos aduaneros
La recaudación de tributos internos ascendió a S/ 15 099 millones en agosto, lo que representó un crecimiento de 7,6% y S/ 1 657 millones adicionales respecto de lo obtenido en el mismo periodo del año pasado.
Por su parte, la recaudación de tributos aduaneros de agosto ascendió a S/ 4 873 millones, con un crecimiento de 18,8% y un incremento de S/ 945 millones respecto de lo obtenido el mismo mes el año anterior. Este significativo incremento se explica por el crecimiento de las importaciones (20,2%) y por los mayores pagos correspondientes a operaciones de importación garantizadas[2], a pesar de la mencionada disminución del tipo de cambio.
Resultados por tributos
· Impuesto a la Renta
En agosto, se recaudaron S/ 6 980 millones por este concepto, importe que representa un crecimiento de 11,4% en comparación con el mismo mes del año pasado.
Se observaron incrementos en los pagos a cuenta correspondientes a rentas empresariales de tercera categoría del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario (43,5%), así como en la recaudación de rentas de segunda categoría (158,5%), primera categoría (10,7%), quinta categoría (5,3%) y cuarta categoría (4,9%).
En contraste, se registró una menor recaudación de 64,1% por parte de las rentas de No Domiciliados (por los pagos extraordinarios de agosto de 2025) y en los pagos por regularización del Impuesto a la Renta (-3,8%).
· Impuesto General a las Ventas (IGV)
La recaudación del IGV alcanzó S/ 9 564 millones en agosto, importe que representó un crecimiento de 13,7%.
El IGV Interno recaudó S/ 5 290 millones, obteniendo un crecimiento de 9,2% con relación a agosto del 2025. Este resultado estuvo asociado al crecimiento estimado de la demanda interna de julio, que habría registrado una expansión de 7,7 %.
El IGV que grava las importaciones recaudó S/ 4 275 millones, cifra que representó un crecimiento de 19,8% en comparación con agosto de 2025. Dicho resultado se debe tanto al incremento de las importaciones del mes de agosto (20,2%) como a los mayores ingresos obtenidos por el pago correspondiente a las operaciones de importación garantizadas realizadas los meses previos, todo ello a pesar del menor tipo de cambio.
· Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)
La recaudación del ISC alcanzó S/ 1 029 millones en agosto, monto que representó un crecimiento de 16,4% con respecto a lo recaudado en el mismo mes del 2025.
El ISC interno ascendió a S/ 666 millones y creció en 20,3%, que se explica por la mayor recaudación del ISC Otros que recaudó S/ 513 millones (23,9%), en tanto que el ISC Interno que grava los combustibles ascendió a S/ 153 millones (9,8%).
El ISC Importaciones ascendió a S/ 363 millones y creció en 9,8%, tanto por los mayores pagos del ISC Otros (26,4%), así como el ISC aplicado a los combustibles importados (2,5%).
· Otros Ingresos
La recaudación de este rubro ascendió a S/ 2 198 millones, monto que representó una caída de 8,7%. La contracción observada se explica principalmente por la reducción de la recaudación por concepto de multas (-89,3%), por los mencionados pagos extraordinarios de agosto de 2025, ICR (-34,2 %) e ITAN (-1,1 %), este último asociado a la mayor concentración de pagos al contado registrado durante el mes de abril.
En contraste, se registraron mayores pagos del Impuesto Especial a la Minería (119,4%) debido a los elevados precios internacionales de los minerales, juegos de casinos, apuestas y tragamonedas (69,6%), fraccionamientos (22,8%), Impuesto a las Transacciones Financieras (12,9%), y Régimen Único Simplificado (4,0%).
· Devoluciones
Las devoluciones de impuestos realizadas en agosto ascendieron a S/ 1 793 millones, importe que representó una disminución de 32,0% en comparación con el mismo mes del 2025, debido a un menor número de solicitudes de principales contribuyentes.
Recaudación de tributos internos por tamaño de contribuyente
A nivel de Principales Contribuyentes (PRICOS) la recaudación de agosto ascendió a S/ 12 334 millones, lo que representa un crecimiento de 8,0%. Por su parte, el segmento de Medianos y Pequeños Contribuyentes (MEPECOS) alcanzó S/ 2 765 millones de recaudación, registrando una disminución de 5,3%.
Nota de Prensa N° 053-2026
SUNAT: INGRESOS TRIBUTARIOS AUMENTARON 17,3% EN AGOSTO
Mantenimiento programado en aplicativos IQBF ubicados en SUNAT Operaciones en Línea (SOL), incluyendo las consultas y reportes relacionadas a los mismos — 5 de septiembre, 21:00 h
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Mantenimiento programado en Mis Trámites y Consultas y 3 servicios más — 5 de septiembre, 21:00 h
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- Consulta de RUC en Línea
- Otras declaraciones y solicitudes: Mis Devoluciones
- Mis declaraciones y pagos
Mantenimiento programado — 3 de septiembre, 23:00 h
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Intermitencia en Mesa de Partes Virtual - MPV y 6 servicios más — en curso
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- Sistema de Gestión Electrónica de Recursos Impugnatorios - SIGERI
- Expediente Virtual
y 3 servicios más
Mantenimiento programado — en curso
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Canales de Denuncias y Medidas de Protección al Denunciante
Canales de Denuncias y Medidas de Protección al Denunciante
La denuncia de presuntos actos de corrupción y la solicitud de medidas de protección al denunciante contribuyen al fortalecimiento de la cultura de integridad institucional.
Para presentar denuncias sobre presuntos actos de corrupción cometidos por trabajadores de la SUNAT, se encuentran habilitados los siguientes canales:
Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano: https://denuncias.servicios.gob.pe/
Ventajas:
Disponible las 24 horas del día, los 365 días del año.
Permite solicitar medidas de protección.
Admite denuncias anónimas.
Facilita la comunicación y seguimiento de la denuncia.
Correo electrónico: integridad@sunat.gob.pe.
Mesa de partes de cualquier sede de la SUNAT: presentación en sobre cerrado.
Medidas de protección al denunciante
Reserva de identidad mediante código cifrado.
Medidas de protección laboral para trabajadores denunciantes.
Otras medidas de protección para postores o contratistas que participen en procesos de contratación con la SUNAT.
Para más información, consulte el Lineamiento para la recepción, revisión, derivación y seguimiento de las denuncias por presuntos actos de corrupción, y de las medidas de protección al denunciante en la SUNAT - Versión 2.0.
Para consultas adicionales, escriba a integridad@sunat.gob.pe
Cerca de 60 mil contribuyentes presentarán declaración del Beneficiario Final
Las personas jurídicas que durante el año 2024 hayan declarado ingresos netos de hasta 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), deberán cumplir con presentar la Declaración del Beneficiario Final ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), que, para mayores facilidades, se puede realizar de manera virtual, sin trámites presenciales.
Cabe precisar que las personas jurídicas que no estuvieron obligadas a declarar antes y los entes jurídicos (patrimonios autónomos, contratos, fondos de inversión, fondos mutuos de inversión en valores y patrimonios fideicometidos domiciliados en el Perú), deberán presentar su declaración en el periodo correspondiente a noviembre del 2026.
La presentación de la Declaración del Beneficiario Final se realiza utilizando el Formulario Virtual N.º 3800, disponible en la plataforma SUNAT Operaciones en Línea (SOL) del portal institucional de la SUNAT (www.sunat.gob.pe), servicio al que se puede acceder las 24 horas del día.
El beneficiario final es la persona natural que posee o controla una persona o ente jurídicos, ya sea de manera directa o indirecta, individualmente o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas.
Con la presentación de esta declaración se busca reforzar la lucha contra la evasión y la elusión tributarias, asegurar el cumplimiento de los compromisos internacionales de asistencia administrativa en materia tributaria -incluido el intercambio de información- y contribuir con la prevención del lavado de activos e, incluso, actuar contra el financiamiento del terrorismo.
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, que deberán presentar alrededor de 60 mil contribuyentes, la SUNAT habilitó en su portal institucional una sección con información detallada sobre la Declaración del Beneficiario Final, a la cual se puede acceder haciendo clic aquí https://nodomiciliados.sunat.gob.pe/es/node/170.
Nota de Prensa N° 052-2026
CERCA DE 60 MIL CONTRIBUYENTES PRESENTARÁN DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO FINAL
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Sistema Integrado de Registros Electrónicos - SIRE
Mesa de Partes Virtual - MPV
Actas electrónicas
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Nuevo jefe de la SUNAT juró ante presidenta del Poder Judicial
El abogado César Luna Victoria León juró hoy como nuevo jefe de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ante la presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, en una ceremonia realizada en el Salón de Juramentos del Palacio de Justicia del Perú, en la que también participó el ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba Bustinza.
El nuevo titular de la SUNAT fue designado recientemente como Superintendente Nacional a través de la Resolución Suprema N° 027-2026-EF, publicada el pasado 6 de agosto en el diario oficial.
Cabe destacar que la ceremonia contó, además, con la asistencia de los principales funcionarios de la Administración Tributaria, el Viceministro de Hacienda, Erick Lahura y de anteriores superintendentes, entre los que destacan Beatriz Merino, Luis Alberto Arias, Nahil Hirsh, Tania Quispe, Victor Mejía, entre otros.
El nuevo Superintendente tiene más de 47 años de ejercicio profesional. Es especialista en Derecho Tributario y Derecho Corporativo, así como profesor asociado en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú desde hace más de 40 años.
Se ha desempeñado como director de varias empresas e instituciones y participado en la planificación y cierre de transacciones financieras internacionales.
En la función pública fue ministro, entre enero del 1999 y julio del 2000, de carteras como el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y también del Ministerio de Pesquería. Asimismo, fue director de la Corporación Andina de Fomento (CAF) e integrante de la Comisión para la Inversión Privada (COPRI, hoy PROINVERSION).
Como especialista en temas tributarios ha integrado el consejo directivo del Instituto Peruano de Derecho Tributario (IPDT), presidido el capítulo peruano de la International Fiscal Association (IFA), siendo, además, ponente de la posición peruana de esos institutos en conferencias latinoamericanas y mundiales.
Su gestión seguirá promoviendo la formalización en especial de las micro y pequeñas empresas (Mypes). Asimismo, liderará la culminación del proceso de transformación digital de la Institución, que prioriza servicios 100% digitales que facilitan el cumplimiento de las obligaciones tributarias y simplifican los controles que la SUNAT debe implementar para luchar contra la evasión, elusión y el contrabando.
Los próximos vencimientos para presentar la Declaración de Beneficiario Final Formulario Virtual 3800, aplicable a personas jurídicas son:
Estimada(o) contribuyente:
Los próximos vencimientos para presentar la Declaración de Beneficiario Final Formulario Virtual 3800, aplicable a personas jurídicas son:
Tramo
Ingresos Netos del año 2024
Plazo de presentación: periodo
3
Más de 25 UIT hasta 50 UIT
julio 2026
4
Más de 10 UIT hasta 25 UIT
setiembre 2026
5
Hasta 10 UIT
noviembre 2026
Las demás personas jurídicas y entes jurídicos (incluidos inafectos y exonerados) deberán presentar el FV 3800 en el periodo noviembre 2026, sin importar su nivel de ingresos. Quienes obtengan su RUC desde el 1 de diciembre de 2026, declararán sus beneficiarios finales en el periodo de su inscripción.
Más información ingresando aquí
Nota de Prensa N° 051-2026
NUEVO JEFE DE LA SUNAT JURÓ ANTE PRESIDENTA DEL PODER JUDICIAL
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SUNAT rematará 70 bienes inmuebles valorizados en más de S/ 10 millones
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) realizará, este martes 25 y jueves 27 de agosto en Lima, el tercer remate de bienes embargados a contribuyentes que no regularizaron sus deudas a pesar de las distintas facilidades que se les brindaron. En esta oportunidad se subastarán 70 bienes inmuebles valorizados en S/ 10,529,792.37 soles.
Entre los bienes que se rematarán destacan una casa en Miraflores y otra en Villa El Salvador, además de una vivienda de dos pisos en Piura. La oferta incluye también departamentos en La Victoria y Chorrillos, junto con oficinas en San Juan de Lurigancho y un local comercial en San Vicente de Cañete.
La jornada contempla una amplia disponibilidad de depósitos, principalmente en Surco, donde se concentran más de veinte unidades, además de depósitos en Chorrillos y Asia. Asimismo, se rematarán estacionamientos en San Isidro, Surquillo, Surco y Chorrillos, ofreciendo alternativas tanto residenciales como comerciales. Entre los bienes singulares se incluye un closet en Surco.
Resalta también la importante oferta de terrenos: predios urbanos en Carabayllo, Pachacámac y Castilla (Piura), terrenos en Alto Laran y Nasca, ambos en el departamento de Ica y predios rurales en Guadalupe (Ica), que suman nueve lotes. Estas opciones brindan posibilidades agrícolas y urbanas.
Para participar en el remate solo debe presentar su DNI. La subasta se realizará bajo la modalidad de “sobre cerrado”, que permite a los postores presentar sus propuestas económicas en un ánfora, resultando ganador quien haya realizado la mayor oferta económica, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos.
Los interesados deberán acercarse a la sede de la SUNAT, ubicada en Av. Arenales 335-357 en el Cercado de Lima (al costado del Fuero Militar Policial), cumpliendo las condiciones establecidas en https://rematestributarios.sunat.gob.pe/ o llamar a los celulares 970-589308 y 964-408217. La inscripción y participación en los remates es totalmente gratuita.
Nota de Prensa N° 050-2026 Este 25 y 27 de agosto
SUNAT REMATARÁ 70 BIENES INMUEBLES VALORIZADOS EN MÁS DE S/ 10 MILLONES
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SUNAT: recaudación tributaria creció 20,4% en julio
Los ingresos tributarios del Gobierno Central (descontadas las devoluciones de impuestos) sumaron S/ 16 177 millones en julio. Dicho resultado representa un incremento de 20,4%[1] manteniendo la tendencia sostenida de crecimiento de los últimos 26 meses, lo que refleja tanto el contexto económico, como el impacto de la gestión de riesgo de SUNAT, que prioriza el cumplimiento voluntario, con una estrategia de asistencia, facilitación, prevención y control.
Por su parte, el monto acumulado de la recaudación entre enero y julio fue de S/ 120 609 millones, lo que representa S/ 18 353 millones más respecto del importe obtenido en similar periodo del año 2025 y un crecimiento de 14,0%.
Factores determinantes de la recaudación
El resultado positivo de julio se debe a diversos factores, entre los principales destacan:
· El desempeño favorable de la actividad económica durante el mes de junio, con un crecimiento estimado del Producto Bruto Interno (PBI) de 3,6% y de 6,9% de la Demanda Interna (DI).
A ello se añade la expansión de 30,8% de las importaciones US$ CIF de julio, que influyeron sobre la mayoría de las obligaciones tributarias pagadas en este mes.
· Las mayores cotizaciones internacionales de los minerales, especialmente de cobre y oro, que incrementaron los ingresos y las bases imponibles de las empresas vinculadas a su producción, comercio y/o exportación.
· Las acciones operativas de la SUNAT orientadas a detectar los incumplimientos tributarios y disminuir las brechas en los procesos de registro, declaración, pago y veracidad.
En contraposición, el principal factor que influyó negativamente en la recaudación de julio fue el menor tipo de cambio, el mismo que retrocedió en 4,4% respecto al mismo mes del año anterior, afectando la base imponible de las importaciones y los ingresos declarados por los exportadores.
Resultados por tributos
· Impuesto a la Renta
En julio, se recaudaron S/ 6 451 millones por este concepto, importe que representa un crecimiento de 24,1% en comparación con el mismo mes del año pasado.
Se registraron incrementos en los pagos a cuenta de Tercera Categoría del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario - RMT (32,1%), Regularización del Impuesto a la Renta (46,6%), Primera Categoría (28,0%), Segunda Categoría (35,6%), Sujetos No Domiciliados (11,3%), Quinta Categoría (4,0%) y Cuarta Categoría (3,6%).
· Impuesto General a las Ventas (IGV)
La recaudación del IGV alcanzó S/ 9 380 millones en julio, importe que representó un crecimiento de 16,9%.
El IGV Interno recaudó S/ 5 099 millones, obteniendo un crecimiento de 7,4% con relación a julio del 2025. Este resultado fue influenciado por la Demanda Interna (DI) de junio, la misma que se habría incrementado en 6,9%.
El IGV que grava las importaciones recaudó S/ 4 281 millones, cifra que representó un crecimiento de 30,6% en comparación con julio del 2025. Dicho resultado se debe tanto al incremento de las importaciones del mes de julio (30,8%) como a los mayores ingresos obtenidos por el pago correspondiente a las operaciones de importación garantizadas durante meses previos, todo ello a pesar del menor tipo de cambio.
· Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)
La recaudación del ISC alcanzó S/ 932 millones en julio, monto que representó un crecimiento de 5,3% con respecto a lo recaudado en el mismo mes del 2025.
El ISC interno ascendió a S/ 628 millones y creció en 11,3%, que se explica por la mayor recaudación del ISC Otros que recaudó S/ 467 millones (19,8%). En contraste, el ISC Interno que grava los combustibles ascendió a S/ 161 millones, cifra que representa una contracción de 7,7%, debido a la aplicación de mayores créditos y el fraccionamiento de deudas.
El ISC Importaciones ascendió a S/ 304 millones y cayó en 5,1%, tanto por los menores pagos del ISC aplicado a los combustibles importados (-7,4%) como por el rubro de ISC Otros (-0,4%), principalmente por menores importaciones garantizadas de combustible refinado.
· Otros Ingresos
La recaudación de este rubro ascendió a S/ 1 563 millones, monto que representó un crecimiento de 2,9%. Este resultado se debe a los mayores pagos de casinos y tragamonedas, juegos y apuestas deportivas a distancia (que se incrementaron en 56,5%), multas (26,8%), Impuesto a las Transacciones Financieras – ITF (10,0%), fraccionamientos (8,7%) y Régimen Único Simplificado (2,1%).
En contraste, se redujeron los montos correspondientes a los ingresos como recaudación ICR (-2,6%) y el ITAN (-2,5%) como consecuencia de los mayores pagos al contado recibidos durante el mes de abril, periodo en que se realiza la declaración anual del impuesto, que reducen las cuotas mensuales a pagar por este concepto durante el resto del año.
· Devoluciones
Las devoluciones de impuestos realizadas en julio ascendieron a S/ 2 296 millones, importe que representó una disminución de 2,6%, en comparación con el mismo mes del 2025.
Morosidad acumulada
Detrás de los resultados obtenidos en la recaudación está la gestión de la SUNAT a través de diversas acciones operativas destinadas a detectar los incumplimientos tributarios y disminuir las brechas en los procesos de registro, declaración, pago y veracidad.
Estas acciones fortalecen el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias mediante intervenciones preventivas e inductivas y están dirigidas a la presentación de las declaraciones determinativas como al pago del tributo. Así, en el mes de julio se obtuvo un 97,2% de declaraciones controladas presentadas dentro del plazo establecido y la tasa de morosidad en vencimiento se ubicó en solo 9,0%.
Asimismo, durante julio se dio continuidad a las acciones de control sobre las obligaciones vencidas en el mes de junio, lográndose reducir el porcentaje de omisos de 3,3% a 0,9%, mientras que la tasa acumulada de morosidad (al mes siguiente) es 2,3%.
En materia de recuperación de deuda, las acciones de cobranza aportaron S/ 909 millones. A ello se suman los pagos inducidos obtenidos en las acciones de fiscalización y la inducción para pagos de deuda fraccionada, que en conjunto sumaron más de S/ 315 millones, evidenciando que la recaudación está sostenida por la gestión efectuada por la SUNAT.
Otras acciones que favorecen la recaudación son la asistencia y orientación brindados en los diferentes canales de atención que en el mes de julio impactó en más de 770 mil contribuyentes. En el canal presencial, el tiempo promedio de espera se redujo de 7 a 5 minutos, en tanto, en el canal telefónico la tasa de abandono de llamadas disminuyó de 6.3% a 5.9%.
Por otro lado, las acciones de control concurrente, cuya efectividad fue del 52%, aportaron a la recaudación aduanera. De igual manera, las labores de control posterior permitieron la generación de pagos voluntarios por S/ 265 millones, lo que refleja el impacto de las acciones de verificación y fiscalización en el fortalecimiento del cumplimiento.
Estos resultados ponen de manifiesto la relevancia de los mecanismos de control aduanero para proteger la base tributaria, promover el cumplimiento de las obligaciones fiscales y garantizar condiciones de competencia leal entre los operadores de comercio exterior.
Principales resultados por tamaño de contribuyente
La recaudación de tributos internos ascendió a S/ 13 728 millones en julio, lo que representa un crecimiento 14,4% y S/ 2 198 millones adicionales respecto de lo obtenido en el mismo periodo del año pasado.
A nivel de Principales Contribuyentes (PRICOS) la recaudación de julio ascendió a S/ 11 107 millones, lo que representa un crecimiento de 19,1%. Por su parte, en el segmento de Medianos y Pequeños Contribuyentes (MEPECOS) la recaudación alcanzó S/ 2 621 millones, registrando una disminución de 2,1%.
Asimismo, la recaudación de tributos aduaneros de julio ascendió a S/ 4 746 millones, con un crecimiento de 25,2% y un incremento de S/ 1 103 millones por encima de lo obtenido el mismo mes el año anterior. Este significativo incremento se explica por el crecimiento de las importaciones (30,8%) y por los mayores pagos a operaciones de importación previamente garantizadas[2], a pesar de la mencionada disminución del tipo de cambio.
[1] Todas las variaciones porcentuales en este documento se expresan en términos reales, salvo indicación expresa en contrario.
Nota de Prensa N° 049-2026
SUNAT: RECAUDACIÓN TRIBUTARIA CRECIÓ 20,4% EN JULIO
Mantenimiento programado en Operaciones en Línea (SOL) – Mis trámites y Consultas: y 12 servicios más — 8 de agosto, 15:00 h
- Periodo
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- Servicios afectados
- Operaciones en Línea (SOL) – Mis trámites y Consultas:
- Mi RUC y Otros Registros
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- Certificado Digital Tributario – CDT
y 9 servicios más
Le informamos que se vienen presentando inconvenientes técnicos con los servicios de la App Emprender.
Estimado(a) Contribuyente:
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Lamentamos los inconvenientes ocasionados.
Agradecemos su comprensión.
SUNAT incautó 2.5 toneladas de mercurio líquido valorizado en más de 4 millones de dólares
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) detectó un nuevo caso de la modalidad del “gato por liebre”. En esta oportunidad incautó 2.5 toneladas de mercurio líquido, utilizado principalmente por la minería ilegal, que se había ocultado en baterías para vehículos. El valor comercial del cargamento de contrabando supera los 4 millones de dólares.
El supuesto cargamento de baterías para vehículos, proveniente de un puerto de Centroamérica, ingresó al país camuflado dentro de dos contenedores consignados a una empresa importadora registrada en el Perú.
Como resultado del trabajo de inteligencia aduanera y la aplicación de técnicas de gestión de riesgo, que toman como referencias características de otros casos similares, el equipo de la SUNAT activó un exhaustivo seguimiento de trazabilidad, lo que permitió detectar un presunto caso de “gato por liebre”, encendiendo las alertas sobre los contenedores sospechosos antes de su nacionalización.
Ante estos indicios, se programó la ejecución de una acción de control extraordinario con el apoyo de personal altamente especializado de Insumos Químicos de la SUNAT, quienes durante la inspección física en el Terminal Portuario detectaron la presencia del mercurio líquido en el interior de las baterías, por lo que se procedió con su incautación.
La intervención se realizó con el apoyo de la Fiscalía Especializada en Delitos Ambientales del Callao y la Policía de Delitos Ambientales.
La SUNAT continuará con sus acciones de verificación y prevención del ingreso de mercancías ilegales, modalidad conocida como contrabando, intensificando sus controles por vías terrestres y rutas marítimas, fluviales y aéreas, luchando contra el comercio informal, el narcotráfico y la minería ilegal que causan un gran perjuicio al Estado.
Nota de Prensa N° 048-2026 Nuevo caso de la modalidad del "gato por liebre"
SUNAT INCAUTÓ 2.5 TN DE MERCURIO LÍQUIDO VALORIZADO EN MÁS DE 4 MILLONES DE DÓLARES
En la SUNAT, prevenimos los Conflictos de Intereses
En la SUNAT, prevenimos los Conflictos de Intereses
En la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria promovemos una gestión responsable de los conflictos de intereses, basada en lo siguiente:
Actuamos con objetividad e imparcialidad en el ejercicio de nuestras funciones.
Identificamos oportunamente situaciones que podrían afectar la toma de decisiones.
Comunicamos los posibles conflictos de intereses para prevenir riesgos y fortalecer la confianza en nuestra labor.
Adoptamos acciones orientadas a prevenir y mitigar situaciones de conflicto de intereses.
Fortalecemos una cultura de integridad y transparencia en la institución.
Invitamos a todos los ciudadanos a conocer el Lineamiento que regula la gestión del conflicto de intereses en la SUNAT.
Para cualquier alerta o duda al respecto, pueden comunicarse al siguiente correo: integridad@sunat.gob.pe
Oficina de Integridad Institucional
SUNAT fortalece control de insumos químicos fiscalizados
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) estableció medidas de control y fiscalización para la distribución, transporte y comercialización de insumos químicos a nivel nacional, susceptibles de ser utilizados tanto en la actividad minera formal como en la minería ilegal.
En cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Supremo 117-2026-EF, la SUNAT emitió hoy una norma (Resolución de superintendencia N.° 000135-2026) que contribuirá a la lucha contra la minería ilegal y, en el caso de combustibles, tiene el objetivo de garantizar el abastecimiento para la población.
El objeto de la disposición es establecer la forma, plazos, condiciones y excepciones para la presentación, conservación y rectificación de la información relativa a las operaciones con insumos químicos fiscalizados; así como para la comunicación de incidencias y los demás registros en el marco de lo dispuesto por la Ley N.° 32412, con la finalidad que el usuario de los citados insumos cuente con las disposiciones que le permita cumplir con sus obligaciones.
Con este nuevo marco legal, la SUNAT controlará la cadena de insumos químicos, incluyendo la producción, transporte, distribución y uso de sustancias tales como mercurio, cianuros e hidrocarburos.
Entre las nuevas facultades otorgadas destacan:
Fiscalizar operaciones en campo
Inmovilizar e incautar insumos químicos
Internar vehículos
Aplicar sanciones administrativas
Suspender o dar de baja a usuarios del registro
Implementar controles especiales, como sistemas de videovigilancia en instalaciones.
Registro Diario de Operaciones
Uno de los principales instrumentos que se establece en la nueva norma es el Registro Diario de Operaciones, mediante el cual los usuarios, como lo grifos de venta de combustibles, deberán registrar los ingresos y salidas de insumos químicos fiscalizados.
Esta obligación permitirá contar con información detallada y oportuna para asegurar la trazabilidad de los bienes utilizados en la actividad minera, fortaleciendo la capacidad de supervisión y control del Estado.
Considerando el impacto que esta medida representa para los usuarios, se ha establecido un período de adecuación que culminará el próximo 31 de agosto, plazo durante el cual la SUNAT realizará campañas de difusión y capacitación y permitirá que los usuarios de insumos químicos implementen los mecanismos necesarios para cumplir con esta nueva obligación.
Combustible en Madre de Dios
Como parte de la estrategia integral de control de insumos fiscalizados, la SUNAT viene desarrollando acciones especiales para supervisar la comercialización y uso de combustibles en la región Madre de Dios, zona donde se concentra una importante actividad minera.
En ese contexto, se realizan acciones de control conjuntas con el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), orientadas a verificar que las cisternas que ingresan a la región, principalmente al distrito de Tambopata, descarguen el combustible en los establecimientos autorizados de la zona.
Nota de Prensa N° 047-2026 A nivel nacional
SUNAT FORTALECE CONTROL DE INSUMOS QUÍMICOS FISCALIZADOS
Intermitencia en Renta Anual Ejercicios 2019-2025: Personas y Renta Anual Ejercicios 2019-2025: Empresas — 17 de julio, 20:00 h
- Periodo
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- Servicios afectados
- Renta Anual Ejercicios 2019-2025: Personas
- Renta Anual Ejercicios 2019-2025: Empresas
SUNAT identificará “empresas fantasmas” involucradas en emitir facturas falsas con S/ 5 000 millones de crédito fiscal indebido
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) estima que a fines del año completará el procedimiento de identificación de 3 000 “empresas fantasmas”, que estarían involucradas en la obtención de crédito fiscal sospechoso por más de S/ 5 000 millones, como resultado de la aplicación de la normativa vigente relacionada a los Sujetos sin Capacidad Operativa (SSCO).
Desde la aplicación del Decreto Legislativo N.° 1532, la SUNAT ha publicado la relación de 212 SSCO en su portal institucional, cuyos comprobantes fueron registrados por 78 163 clientes como sustento de compras que nunca realizaron por un monto aproximado de S/ 709 millones. De ese total, ya se ha recuperado cerca del 50% (más de S/ 341 millones).
Estos proveedores presentaban indicios de no contar con infraestructura, personal, activos, recursos económicos u otros elementos necesarios para desarrollar las actividades comerciales que supuestamente consignaban en las facturas declaradas a la SUNAT.
Con este esquema, los supuestos adquirentes podían deducir indebidamente el crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas (IGV), así como costos o gastos para determinar el Impuesto a la Renta (IR), reduciendo el monto de los impuestos que les correspondía pagar, determinando una modalidad de evasión que puede ser sancionada hasta con una pena de cárcel.
Se estima que el país habría dejado de recibir aproximadamente S/ 21 504 millones como consecuencia de deducciones tributarias sustentadas por operaciones no reales. Estos recursos pudieron destinarse al financiamiento de servicios públicos, infraestructura y obras en beneficio de la población.
Como parte del fortalecimiento de las acciones de control y generación de riesgo, la SUNAT ejecutará durante los próximos meses una estrategia intensiva de identificación y atribución de SSCO.
Gracias a estas acciones, se prevé determinar alrededor de 3 000 empresas vinculadas a la emisión de comprobantes asociados a un crédito fiscal sospechoso superior a los S/ 5 000 millones, evidenciando la magnitud de las operaciones que podrían estar siendo utilizadas para reducir indebidamente las obligaciones tributarias.
El régimen SSCO forma parte de los mecanismos de control más importantes implementados para la identificación y evaluación de riesgos asociados a operaciones que generan efectos tributarios en materia de crédito fiscal, costos y gastos.
La aplicación del Decreto Legislativo N.° 1532 permite actuar directamente sobre los proveedores que generan comprobantes por operaciones presuntamente inexistentes, superando las limitaciones del modelo tradicional de fiscalización, que obligaba a revisar individualmente a cada uno de los adquirentes.
Como se puede apreciar, la norma tiene especial importancia por ello cualquier la decisión que se adopte sobre su ejecución tendrá incidencia en la continuidad de uno de los principales mecanismos utilizados para la detección de operaciones de riesgo vinculadas a la evasión tributaria y al uso de empresas de fachada en el país.
Nota de Prensa N° 046-2026 En 2026
SUNAT IDENTIFICARÁ “EMPRESAS FANTASMAS” INVOLUCRADAS EN EMITIR FACTURAS FALSAS CON S/ 5 000 MILLONES DE CRÉDITO FISCAL INDEBIDO
Más de 10,000 contribuyentes ya fueron notificados para llevar curso de SUNAT que permite evitar sanciones
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ya ha notificado a 10,062 contribuyentes microempresarios, que durante el mes de julio deben llevar un curso de capacitación virtual para evitar la aplicación de sanciones. Este beneficio se aplicará solo a las infracciones tributarias detectadas por primera vez.
El primer grupo se capacitó del 6 al 10 de julio (4,320 microempresarios) y un segundo de 5,742 contribuyentes llevará el curso entre el 20 y 27 de julio.
Para el mes de agosto se tiene proyectado capacitar a 5,000 contribuyentes más, esperando que a inicios de setiembre alrededor de 15,000 ya hayan culminado el curso virtual, que los les brindará información sobre la infracción que cometieron y sus obligaciones tributarias.
Cabe precisar que este curso está dirigido a los microempresarios, de cualquier régimen tributario, que tengan ventas anuales de hasta 150 UIT.
Tras recibir la notificación en su Buzón Electrónico SOL, los contribuyentes deberán completar el curso de capacitación “en línea”, realizar la actividad final establecida y obtener la constancia correspondiente, que les permitirá acreditar el cumplimiento de la medida preventiva y no ser sancionados por la infracción cometida o detectada por primera vez.
La capacitación estará disponible las 24 horas del día, durante el plazo otorgado, que es de cinco (05) días hábiles improrrogables. El contribuyente será notificado oportunamente con una comunicación sobre su usuario y clave de acceso a la plataforma. Llevar el curso es obligatorio para evitar la aplicación de sanciones, como la multa o el cierre del establecimiento.
Alrededor de 1.9 millones de microempresarios podrán beneficiarse con la capacitación, siempre que cumplan con las condiciones establecidas. Con esta medida, la SUNAT busca incentivar y promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras, brindando mayores facilidades. Para más información sobre este beneficio puede ingresar a https://emprender.sunat.gob.pe/.
Nota de Prensa N° 045-2026
MÁS DE 10,000 CONTRIBUYENTES YA FUERON NOTIFICADOS PARA LLEVAR CURSO DE SUNAT QUE PERMITE EVITAR SANCIONES
RENIEC ha comunicado la suspensión temporal de sus servicios, lo que viene afectando el aplicativo del Sorteo de Comprobantes de Pago.
Estimado(a) contribuyente:
RENIEC ha comunicado la suspensión temporal de sus servicios, lo que viene afectando el aplicativo del Sorteo de Comprobantes de Pago.
Se recomienda acceder a partir del día de mañana domingo 12.
Agradecemos su comprensión.
Mantenimiento programado en Programa de Libros Electrónicos — 11 de julio, 20:00 h
- Periodo
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- Servicios afectados
- Programa de Libros Electrónicos
SUNAT premia con hasta S/ 100 mil a quienes soliciten comprobantes electrónicos
Los ciudadanos que soliciten sus comprobantes de pago electrónicos podrán participar en el nuevo Sorteo Virtual de Comprobantes de Pago de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), que entregará 416 premios en efectivo, incluyendo uno de hasta S/ 100 000, en dos sorteos en octubre del 2026 y febrero del 2027.
El Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Javier Franco, presentó esta iniciativa que busca reconocer a los ciudadanos que solicitan la emisión de sus comprobantes de pago (boletas de venta o recibos por honorarios) y, al mismo tiempo, impulsar la formalización de las actividades comerciales en todo el país.
“La formalización no solo depende de quien vende, sino también de quien compra. Por eso es importante recordar que cuando los ciudadanos pedimos comprobantes de pago contribuimos a construir una economía más transparente y con mayores oportunidades para todos. Este sorteo busca incentivar y fortalecer ese compromiso ciudadano”, señaló.
La iniciativa impulsará el mayor uso de los comprobantes electrónicos en el país. Actualmente, se emiten cerca de 400 millones de comprobantes electrónicos al mes, los cuales podrán registrarse para participar en el sorteo.
Dos sorteos y 416 premios
El Sorteo Virtual de Comprobantes de Pago tendrá dos ediciones: la primera se realizará el 16 de octubre del 2026 y la segunda el 16 de febrero del 2027. En total se entregarán 416 premios, distribuidos en 208 por cada edición.
En cada sorteo se contará con dos grupos de participantes: uno para Lima y otro para provincias. Podrán participar personas naturales mayores de edad, peruanas o extranjeras con sus respectivos documentos de identidad.
Los premios en cada edición se distribuirán de la siguiente manera:
120 premios de S/ 500
70 premios de S/ 1 000
10 premios de S/ 5 000
5 premios de S/ 10 000
1 premio de S/ 20 000
1 premio de S/ 50 000
1 premio de S/ 100 000
Por ello, el monto total de premios a entregar en cada sorteo ascenderá a S/ 800 000, suma que también se otorgará en la edición programada para 2027.
¿Cómo participar?
Los interesados deberán registrarse en https://sorteo.sunat.gob.pe/ consignando su tipo y número de documento de identidad, fecha de nacimiento, nombres y apellidos, número de celular y correo electrónico.
Una vez inscritos, podrán registrar los datos de sus comprobantes de pago electrónicos: número de RUC del emisor, tipo de comprobante, serie, número y fecha de emisión. Cada participante podrá registrar hasta tres comprobantes por cada número de RUC emisor y por cada fecha de emisión.
Para el sorteo del 16 de octubre del 2026 serán válidos los comprobantes emitidos entre el 1 de julio y el 30 de septiembre del 2026, los cuales podrán registrarse hasta el 2 de octubre del 2026.
Para el sorteo del 16 de febrero del 2027, se considerarán los comprobantes emitidos entre el 1 de noviembre del 2026 y el 31 de enero del 2027, que podrán registrarse hasta el 2 de febrero del 2027.
Los ganadores serán anunciados de acuerdo con las condiciones establecidas en las bases aprobadas mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000103-2026/SUNAT, previa validación de los comprobantes registrados.
Para más información sobre requisitos, inscripción, registro de comprobantes, fechas de sorteo y proceso de validación, los ciudadanos pueden ingresar a www.sunat.gob.pe.
Nota de Prensa N° 044-2026
SUNAT PREMIA CON HASTA S/ 100 MIL A QUIENES SOLICITEN COMPROBANTES ELECTRÓNICOS
La SUNAT ha publicado en el Micrositio de Fiscalidad Internacional, la Guía de Referencia para la Acreditación de Instrumentos Financieros Derivados con fines de cobertura, la cual tiene por finalidad orientar a los contribuyentes sobre los medios probatorios relacionados con el uso de estos…
Estimado(a) contribuyente:
La SUNAT ha publicado en el Micrositio de Fiscalidad Internacional, la Guía de Referencia para la Acreditación de Instrumentos Financieros Derivados con fines de cobertura, la cual tiene por finalidad orientar a los contribuyentes sobre los medios probatorios relacionados con el uso de estos instrumentos. Su contenido no crea obligaciones adicionales a las previstas en las normas legales pertinentes.
Para más información ingrese aquí
SUNAT: recaudación tributaria creció 28,6% en junio, su tasa más alta desde hace 50 meses
En junio del 2026, la recaudación tributaria (descontando las devoluciones de impuestos) creció 28,6% respecto al mismo mes del año anterior, registrando la tasa mensual más alta desde abril del 2022. Este resultado consolida una tendencia sostenida de crecimiento de los ingresos tributarios y refleja la eficacia de las acciones de control y facilitación implementadas por la SUNAT.
Los ingresos tributarios del Gobierno Central (descontadas las devoluciones), sumaron S/ 16 456 millones, acumulando 25 meses consecutivos de expansión. Asimismo, el monto acumulado entre enero y junio fue de S/ 104 435 millones, lo que representa S/ 15 086 millones más respecto del importe obtenido en similar periodo del año 2025 y un crecimiento de 13,1%.
Factores determinantes del resultado de la recaudación de junio
· El resultado positivo de la recaudación de junio se debe a diversos factores, entre los principales destacan los siguientes:
- El desempeño favorable de la actividad económica durante el mes de mayo, con un crecimiento estimado del Producto Bruto Interno (PBI) de alrededor de 2,1% y de 2,3% de la Demanda Interna (DI). A ello se añade la expansión de 29,6% de las importaciones US$ CIF de junio, que influyeron sobre la mayoría de las obligaciones tributarias pagadas en junio.
- Las mayores cotizaciones internacionales de los minerales, especialmente de cobre y oro, incrementaron los ingresos y las bases imponibles de las empresas vinculadas a su producción, comercio y/o exportación.
- Las acciones operativas de la SUNAT orientadas a detectar los incumplimientos tributarios y disminuir las brechas en los procesos de registro, declaración, pago y veracidad que tienen un gran impacto en la recaudación.
En contraposición, el principal factor que influyó negativamente en la recaudación de junio fue el menor tipo de cambio, el mismo que retrocedió en 5,5% respecto al mismo mes del año anterior, afectando a la base imponible de las importaciones y a los ingresos declarados por los exportadores.
Principales resultados por tributos
· Impuesto a la Renta
En junio se recaudaron S/ 7 368 millones por este concepto, importe que representa un crecimiento de 35,7% en comparación con el mismo mes del año pasado.
Al respecto, se registraron incrementos en los montos recaudados por concepto de pagos a cuenta de Tercera Categoría del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario - RMT (47,2%), Regularización del Impuesto a la Renta (76,6%), Sujetos No Domiciliados (8,5%), Primera Categoría (19,3%), Segunda Categoría (8,2%) y Quinta Categoría (3,9%); en contraste, disminuyó Cuarta Categoría (-0,2%) y el resto de las rentas (-31,4%).
· Impuesto General a las Ventas (IGV)
La recaudación del IGV alcanzó S/ 8 790 millones en junio, importe que representó un crecimiento de 13,4% frente al mismo mes del 2025.
El IGV Interno recaudó S/ 4 757 millones, obteniendo un crecimiento de 6,1% con relación a junio del 2025. Este resultado fue influenciado por la Demanda Interna (DI) de mayo, la misma que se habría incrementado en 2,3%.
El IGV que grava las importaciones recaudó S/ 4 033 millones, importe que representó un crecimiento de 23,4% en comparación con lo percibido en junio de 2025. Dicho resultado se debe tanto al incremento de las importaciones del mes de junio (29,6%) como a los mayores ingresos obtenidos a partir del pago correspondiente a operaciones de importación garantizadas durante meses previos, todo ello a pesar del menor tipo de cambio registrado en el mes.
· Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)
La recaudación del ISC alcanzó S/ 920 millones en junio, monto que representó una disminución de 1,2% con respecto a lo recaudado en junio del 2025.
El ISC interno ascendió a S/ 507 millones y retrocedió en 15,5%, resultado explicado por la menor recaudación del ISC que grava a los combustibles, que alcanzó los S/ 38 millones, y registró una disminución de 79,6%, ante los menores pagos por parte de una importante empresa de hidrocarburos.
En contraste, el ISC Interno correspondiente al resto de productos gravados, ascendió a S/ 469 millones y creció en 13,6%, ello debido a los mayores pagos del impuesto aplicados a la cerveza y a los juegos y a apuestas deportivas a distancia (S/ 34 millones).
El ISC Importaciones ascendió a S/ 413 millones y creció en 24,6%, tanto por los mayores pagos del ISC aplicado a los combustibles importados (8,7%) como por el rubro de ISC Otros, que corresponde al resto de los productos gravados y cuyos pagos se incrementaron en 60,5%.
· Otros Ingresos
La recaudación de este rubro ascendió a S/ 2 081 millones, monto que representó un crecimiento de 41,0% respecto a lo obtenido en junio del 2025. Este resultado se debe a los mayores pagos por el Impuesto Especial a la Minería (278,6%) como consecuencia de las cotizaciones de metales, multas (363,3%) por pagos representativos como resultado de acciones de cobranza sobre deudas en litigio que fueron confirmadas a favor de la SUNAT.
También a los ingresos como recaudación ICR (72,0%), fraccionamientos (20,3%), casinos y tragamonedas, juegos y apuestas deportivas a distancia (38,8%), Impuesto a las Transacciones Financieras – ITF (7,2%) y Régimen Único Simplificado (7,6%).
En contraste, se redujeron los pagos del ITAN (-5,1%) como consecuencia de los mayores pagos al contado recibidos durante el mes de abril, periodo en que se realiza la declaración anual del impuesto, los que reducen las cuotas mensuales a pagar por este concepto durante el resto del año.
· Devoluciones
Las devoluciones de impuestos realizadas en junio ascendieron a S/ 2 872 millones, importe que representó una disminución de 2,7%, en comparación con el mismo mes del 2025.
Principales resultados por tipo de tributo y tamaño de contribuyente
La recaudación de tributos internos ascendió a S/ 14 664 millones en junio, lo que representa un crecimiento 22,4% y S/ 3 145 millones adicionales respecto de lo obtenido en el mismo periodo del año pasado.
A nivel de Principales Contribuyentes (PRICOS) la recaudación de junio ascendió a S/ 11 446 millones, lo que representa un crecimiento de 27,6%. Por su parte, en el segmento de Medianos y Pequeños Contribuyentes (MEPECOS), la recaudación alcanzó S/ 3 218 millones, registrando un crecimiento de 6,9%.
Finalmente, la recaudación de tributos aduaneros de junio ascendió a S/ 4 665 millones, con un crecimiento de 23,7% y S/ 1 039 millones más que lo obtenido durante junio del año anterior.
Este significativo incremento se explica por el crecimiento de las importaciones (29,6%) y por los mayores pagos correspondientes a operaciones de importación previamente garantizadas[1], y ocurre a pesar de la disminución de 5,5% del tipo de cambio en términos interanuales.
[1] Aquellas importaciones que se nacionalizan en la fecha, pero se pagan hasta el último día hábil del mes, por lo que dicho importe se acredita en la recaudación del mes siguiente.
Nota de Prensa N° 043-2026
SUNAT: RECAUDACIÓN TRIBUTARIA CRECIÓ 28,6% EN JUNIO, SU TASA MÁS ALTA DESDE HACE 50 MESES
Servicios no disponibles en Gestión de Proveedores de la Plataforma de Conformidad (Factoring). y 2 servicios más — 2 de julio, 22:00 h
- Periodo
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- Servicios afectados
- Gestión de Proveedores de la Plataforma de Conformidad (Factoring).
- Emisión de Comprobantes No Domiciliados.
- Programa de Envío de Información (PEI) Web.
Mantenimiento programado en Emisión de Notas Crédito/Débito (para facturas/boletas emitidas del 15 de junio del 2025 hacia atrás) y Guía de Remisión Electrónica (vinculada a Facturas emitidas del 15 de junio del 2025 hacia atrás) — 4 de julio, 20:00 h
- Periodo
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- Servicios afectados
- Emisión de Notas Crédito/Débito (para facturas/boletas emitidas del 15 de junio del 2025 hacia atrás)
- Guía de Remisión Electrónica (vinculada a Facturas emitidas del 15 de junio del 2025 hacia atrás)
SUNAT actualiza catálogo de esquemas de alto riesgo fiscal
La SUNAT, en el marco de su compromiso por promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y en línea con el objetivo estratégico de mejorar el cumplimiento tributario, ha publicado la versión 4.0 del Catálogo de Esquemas de Alto Riesgo Fiscal. Se han añadido 11 mecanismos que podrían ser utilizados para obtener beneficios de manera indebida, reforzando así la vigilancia y prevención frente a prácticas que afectan la integridad del sistema fiscal.
Los esquemas incorporados describen situaciones de diversa naturaleza que, de acuerdo con su evaluación, podrían configurar supuestos de elusión tributaria, simulación o indebida utilización de beneficios fiscales, resultando aplicable, de corresponder, la Norma XVI del Código Tributario, así como normas anti elusivas específicas o las disposiciones sobre precios de transferencia reguladas en la Ley del Impuesto a la Renta.
Esta actualización del catálogo tiene como finalidad poner a disposición de los contribuyentes, asesores tributarios, académicos y del público en general información preventiva y orientadora, a través de una identificación y caracterización general de esquemas considerados de alto riesgo, con el propósito de evitar su utilización y promover el cumplimiento oportuno y voluntario de las obligaciones tributarias.
Esquemas incorporados
Las modalidades que se incorporan al catálogo en su versión 4.0 son las siguientes:
1) Construcción de campus universitario a través de empresa vinculada sin sustancia y deducción de gastos por arrendamiento.
2) Línea de crédito comercial bajo la apariencia de préstamos de una Cooperativa de Ahorro y Crédito.
3) Compra apalancada de acciones (Leveraged Buy Out – LBO) con fusión inversa y traslado de gastos financieros.
4) Enajenación directa de acciones mediante capitalización de prima.
5) Préstamo encubierto por contribución a contrato de asociación en participación.
6) Distribución de dividendos mediante capitalización de utilidades y posterior venta de acciones liberadas.
7) Transferencia de inmuebles bajo un esquema de escisión y extinción del derecho de superficie.
8) Transferencias de inmueble para posterior enajenación a fin de disminuir la carga fiscal.
9) Préstamo dinerario bajo apariencia de aporte de capital en sociedad interpuesta y posterior reorganización societaria.
10) Uso de arrendamiento financiero para depreciación acelerada y transferencia de inmueble a accionistas para su posterior arrendamiento.
11) Préstamo dinerario bajo la apariencia de aporte de capital en trámite.
Uno de los esquemas incorporados es el denominado “Línea de crédito comercial bajo la apariencia de préstamos de una Cooperativa de Ahorro y Crédito”. En este la empresa y sus accionistas constituyeron una cooperativa bajo su control, mediante la cual ofrecían a sus clientes una tarjeta que les permitía financiar compras realizadas en sus tiendas, con pagos fraccionados e intereses.
Formalmente, los clientes eran inscritos como socios mediante aportes mínimos, aunque sin el cumplimiento efectivo de los requisitos estatutarios ni participar en la gestión cooperativa. Los pagos de las cuotas se realizaban en los locales de la empresa, mientras que los intereses eran declarados como ingreso por la cooperativa.
En la práctica, la cooperativa no desarrollaba actividad cooperativa real, los clientes desconocían su condición de socios, no intervenían en la administración ni recibían educación financiera. Los ingresos por intereses se canalizaban a través de la cooperativa como mecanismo de intermediación tributaria, permitiendo a la empresa evitar el pago del 29.5% de IR y del 18% de IGV aplicables a operaciones de financiamiento comercial. La finalidad principal de esta estructura fue obtener una ventaja fiscal indebida.
Al respecto, según la base de datos de SUNAT, se ha identificado alrededor de 40 Cooperativas de Ahorro y Crédito que mantienen aproximadamente S/ 31 millones en créditos otorgados, lo que da cuenta de las operaciones realizadas por dichas entidades y de la necesidad de un análisis riguroso para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes.
Otra modalidad identificada (esquema 25) está relacionada con la construcción de un campus universitario a través de una empresa vinculada creada específicamente para adquirir los terrenos y ejecutar un proyecto inmobiliario (campus universitario).
Si bien esta empresa vinculada se mostraba como propietaria del inmueble y responsable de la construcción, las actividades esenciales eran realizadas por la universidad, que gestionaba la adquisición de los terrenos, coordinaba la construcción, asumía obligaciones frente a la entidad financiera y utilizaba su propio personal para el proyecto. Concluida la construcción, la empresa arrendó el inmueble a la universidad.
En la práctica, la empresa vinculada carecía de recursos, personal y medios suficientes para ejecutar el proyecto de manera autónoma. Así, este esquema permitió que la universidad dedujera pagos periódicos por el arrendamiento del campus, en lugar de reconocer la depreciación de la edificación (no incluye terreno), generando una reducción significativa de su carga tributaria correspondiente al 29.5% del IR.
Según la información del Reporte Local de precios de transferencia, en promedio, durante los últimos tres ejercicios 1 788 contribuyentes registraron aproximadamente S/ 4 500 millones en egresos por arrendamiento con sus vinculadas, lo que pone de manifiesto la magnitud de estas operaciones y la importancia de evaluarlas con detalle para asegurar un adecuado cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Para consultar el catálogo actualizado con los nuevos esquemas de alto riesgo fiscal, los interesados pueden ingresar al portal institucional de la SUNAT, haciendo clic en: https://orientacion.sunat.gob.pe/7320-10-catalogo-de-esquemas-de-alto-riesgo-fiscal-empresas.
SUNAT facilita cambio virtual del tipo de contribuyente y dicta medidas para registrar datos de contacto
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), mediante la Resolución de Superintendencia N° 121-2026/SUNAT, establece importantes cambios en el RUC:
Ahora se podrá cambiar el tipo de contribuyente de persona natural sin negocio a persona natural con negocio, y viceversa, a través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe).
Todas las personas que deban inscribirse en el RUC deberán registrar y validar sus datos de contacto (correo electrónico y teléfono móvil).
Si ya está inscrito en el RUC, también debe actualizar o confirmar sus datos de contacto.
Esta Resolución, busca promover la actualización y modificación de los datos del RUC por los canales virtuales y optimizar las comunicaciones que se remiten a los contribuyentes.
Así, se estable el uso del Formulario Virtual N.° 3130-1: “Quiero abrir un negocio”, que permitirá a los trabajadores independientes cambiar de tipo de contribuyente a persona natural con negocio.
También se pone a disposición el uso del nuevo Formulario Virtual N.° 3130-2: “Quiero iniciar actividades como trabajador independiente”, que permite a las personas naturales con negocio dejar de estar afectos a tributos vinculados a rentas empresariales para registrar actividades del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría.
Los nuevos formularios virtuales eliminan trámites que antes se realizaban en los Centros de Servicios de manera presencial, reduciendo los costos y tiempo utilizado para el traslado, así como el uso de documentos impresos.
Con esta nueva disposición que promueve la actualización de datos y trámites virtuales de los más de 11 millones de contribuyentes registrados ante la SUNAT.
Finalmente, se establece como plazo para que los sujetos que ya se encuentran inscritos en el RUC cumplan con registrar ambos datos de contacto hasta el 31 de agosto del 2026.
Nota de Prensa N° 041-2026
SUNAT FACILITA CAMBIO VIRTUAL DEL TIPO DE CONTRIBUYENTE Y DICTA MEDIDAS PARA REGISTRAR DATOS DE CONTACTO
Le informamos que en estos momentos estamos presentando intermitencia con los siguientes servicios:
Estimado(a) Contribuyente:
Le informamos que en estos momentos estamos presentando intermitencia con los siguientes servicios:
Mis Declaraciones y Pagos
Mis trámites y consultas
Mesa de partes virtual - MPV
Nuestros técnicos se encuentran trabajando en la solución.
Pedimos las disculpas por las molestias ocasionadas y agradecemos su comprensión
Nota de Prensa N° 042-2026
SUNAT ACTUALIZA CATÁLOGO DE ESQUEMAS DE ALTO RIESGO FISCAL
SUNAT no sancionará infracciones relacionadas al sistema integrado de registros electrónicos (SIRE)
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) amplió la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar, administrativamente, las infracciones relacionadas con el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), con la finalidad de brindar mayores facilidades a los contribuyentes durante el proceso de implementación de dicho sistema.
Así lo dispone la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 000032-2026-SUNAT/700000, publicada hoy en el diario oficial.
La disposición establece que los contribuyentes que al periodo mayo de 2026 se encuentren obligados a utilizar el SIRE podrán regularizar la generación de sus registros electrónicos y efectuar los ajustes correspondientes hasta el 31 de agosto de 2026, sin la aplicación de sanciones administrativas por las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario.
Asimismo, para los contribuyentes que adquieren la obligación de utilizar el SIRE a partir del periodo junio de 2026[1], la norma extiende la facultad discrecional a las infracciones configuradas en los períodos junio y julio de 2026, otorgando como plazo máximo de subsanación el 31 de agosto de 2026.
En ese marco, continuarán las acciones inductivas para promover la adecuada implementación del SIRE y se cumpla con uno de los principios institucionales, consistente en dar servicios de calidad que comprendan y satisfagan las necesidades de los contribuyentes.
Para obtener más información sobre el SIRE y otros beneficios que la SUNAT pone a disposición de los contribuyentes para fomentar la formalización y el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, puede visitar el portal https://cpe.sunat.gob.pe/ o seguirnos en nuestras redes sociales oficiales.
[1] Referido a los sujetos comprendidos en los incisos f) y h) del párrafo 3.1 del artículo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 000112-2021/SUNAT.
Nota de Prensa N° 040-2026 Hasta el 31 de agosto del 2026
SUNAT NO SANCIONARÁ INFRACCIONES RELACIONADAS AL SISTEMA INTEGRADO DE REGISTROS ELECTRÓNICOS (SIRE)
